Usted tiene el derecho de paso cuando:

Un conductor que ingresa en una rotonda debe ceder derecho de paso a los conductores que ya están en la misma. Los vehículos que ingresan a una carretera desde una entrada deben ceder el paso a los peatones y a los vehículos que ya están en la carretera. Al dejar un espacio de estacionamiento, usted debe ceder el paso al tránsito que se aproxima.
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